BOPV nº 110 · · Economía y Hacienda
ORDEN de 2 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se prorroga el plazo de presentación de solicitudes de subvención, previsto en el apartado 2 del artículo 2 del Decreto 125/2010, de 27 de abril, por el que se regula la cooperación económica entre los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Administración General de la Comunidad Autónoma y se convocan subvenciones para determinados programas y actuaciones locales.
En el Boletín Oficial del País Vasco, de 12 de mayo de 2010, se publica el Decreto 125/2010 citado en el encabezamiento, cuyo artículo 2 apartado 2 establece el plazo de un mes para la presentación de solicitudes. Este plazo vence el próximo 12 de junio. Los programas y actuaciones a subvencionar, han de ser, en cada municipio, previamente seleccionados, preparados e incardinados, en su caso, en la actividad municipal. Es deseable que las solicitudes se realicen convenientemente meditadas, previa valoración de las distintas alternativas, al objeto de que las subvenciones contribuyan de la manera más eficiente posible a una mejor prestación de los servicios municipales. Teniendo en cuenta la acogida que ha tenido la convocatoria y el elevado número de consultas que se están atendiendo, resulta aconsejable ampliar el plazo inicialmente previsto para la presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, ya que tal ampliación no perjudica derechos de terceros. De acuerdo con lo expuesto y con la disposición final segunda del Decreto 125/2010, que autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en el mismo, DISPONGO : Artículo 1 Prorrogar por cinco días el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 2.2 del Decreto 125/2010, de 27 de abril. En consecuencia, el vencimiento de dicho plazo se producirá el día 18 de junio de 2010. Artículo 2 De acuerdo con el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta Orden no es susceptible de recurso. Artículo 3 Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, 2 de junio de 2010. El Consejero de Economía y Hacienda, CARLOS AGUIRRE ARANA.