BOPV nº 97 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2010, del Secretario General Acción Exterior, por la que se convocan prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero, para el año 2010.

El Decreto 222/2003, de 30 de septiembre (BOPV n.º 198, de 10 de octubre de 2003), regula el régimen de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede convocar las prestaciones para el ejercicio 2010. Atendiendo a lo establecido en el artículo 15.5 del Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, corresponde al Secretario General de Acción Exterior realizar la convocatoria de las subvenciones relativas a su área competencial. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar, por un importe de 207.854 euros, prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero para el año 2010, con arreglo a las bases que se aprueban en el anexo único. DISPOSICIONES FINALES Primera En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 222/2003, de 30 de septiembre, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Segunda Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercera La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2010. El Secretario General de Acción Exterior, GUILLERMO ECHENIQUE GONZÁLEZ. ANEXO Bases de la convocatoria de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero. Primera Objeto. Las presentes bases tienen por objeto convocar prestaciones económicas a Centros Vascos para atender durante el año 2010 necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto 222/2003. Segunda Dotación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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