BOPV nº 96 · · Empleo y Asuntos Sociales

ORDEN de 21 de abril de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos en el ejercicio 2010.

La sociedad vasca genera numerosas iniciativas de solidaridad internacional para la promoción del desarrollo humano y sostenible. Dichas iniciativas surgen a menudo de la mano de su juventud, que desde posiciones diversas no considera el actual orden mundial como el único posible, promoviendo diversas formas de acción que no siempre encuentran el eco de las instituciones. Partiendo de esa realidad, el objetivo del presente programa es contribuir al establecimiento de las bases para un mundo más justo, mediante el apoyo a la importante labor que desarrollan diversas organismos y agencias del sistema de las Naciones Unidas, cuyos principios, objetivos y métodos de trabajo en el ámbito del desarrollo humano y sostenible, la protección de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad y la promoción de la gobernabilidad democrática, conectan con la sensibilidad de la sociedad vasca. Durante los últimos años ese apoyo ha tomado forma, en el marco del presente programa, en la incorporación de un importante número de jóvenes de Euskadi con la capacitación profesional adecuada, en el seno de diferentes organismos internacionales vinculados al sistema de Naciones Unidas. La colaboración de estos organismos, así como el proceso de descentralización del sistema internacional de cooperación, facilita la coordinación de distintos agentes que persiguen un mismo objetivo. En este sentido, la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales entiende que la coordinación entre los agentes de cooperación es necesaria para sumar esfuerzos. El Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos, establece en su artículo 2 que, por Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, se procederá a la convocatoria de las ayudas, señalando en todo caso el importe total destinado a la convocatoria, el importe máximo de la dotación básica de cada candidatura y el importe destinado a las prórrogas. Así mismo, deberá concretar los aspectos que se valorarán en cada uno de los criterios de selección de las candidaturas y su ponderación, así como el lugar y plazo de presentación de solicitudes y modelo de solicitud. Por último, cabe señalar que la presente convocatoria recibió el visto bueno de la Comisión Gestora del Fondo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 9 de febrero de 2010. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus