BOPV nº 96 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2010, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se designa provisionalmente a Applus Norcontrol, S.L.U. como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles.
Ref.: LAB-01-MAN. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 1 de abril de 2008, la empresa Applus Norcontrol, S.L.U., con domicilio en el Polígono Torrelarragoiti, Parcela 7-B de Zamudio (Bizkaia), fue autorizada para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica prevista en la Orden ITC/3700/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de de los manómetros destinados a medir los neumáticos de los vehículos a motor. Segundo Con fecha 19 de febrero de 2010, D. José Luis García de Luis, en nombre y representación de la empresa Applus Norcontrol, S.L.U., con domicilio a nivel de sede metrológica, en Avenida los Olmos, 1-A, 2.º, Oficina 201 de Vitoria-Gasteiz, ha presentado en la Delegación Territorial de Álava solicitud de autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica, prevista en la Orden Ministerial de 25 de abril de 1995 y la Orden ITC/3700/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los manómetros destinados a medir los neumáticos de los vehículos a motor. Tercero Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado informe de auditoria OC-I/192-14839 emitido por ENAC, correspondiente a la acreditación en tramitación (punto 1 del artículo 4 de la Directiva 1/2007, de 26 de noviembre). Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Directriz 1/2007 de 26 de noviembre. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.