BOPV nº 91 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2010 del Viceconsejero de Industria y Energía por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2010, dentro del marco establecido por la Orden de 22 de octubre de 2008, modificada por la Orden de 5 de mayo de 2010.
La Orden de 22 de octubre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada por la Orden de 5 de mayo de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, desarrolla el programa de ayudas a la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espiritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada por la Orden de 5 de mayo de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que desarrolla el programa de ayudas a la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espiritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para este fin se destinará un total de 150.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Industria y Energía. Artículo 2 Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada por la Orden de 5 de mayo de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, deberán acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. Un modelo de solicitud será facilitado en la Dirección de Administración y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en la c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 de Vitoria-Gasteiz. Las solicitudes para acogerse a las ayudas que se convocan mediante la presente Resolución se formularán en instancia dirigida a la Dirección de Administración y Seguridad Industrial. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.