BOPV nº 91 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2010, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se designa a Cualicontrol-ACI, S.A.U. como organismo autorizado de verificación metrológica de sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad.
Ref.: LAB-01-MED-CAM-10. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 15 de enero de 2009, la empresa Cualicontrol-ACI, S.A.U., con domicilio en Getxo, calle Izaro n.º 20, 4.º dcha., fue autorizada para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica previstos en la Orden ITC/3750/2006 de 22 de noviembre por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad. Segundo Con fecha 1 de marzo de 2010, D. Fernando Launza, en nombre y representación de la empresa Cualicontrol-ACI, S.A.U., con domicilio en Avenida Gipuzkoa, 4.º dcha. de Ermua, presentó en la Delegación de Bizkaia solicitud de prórroga de autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica prevista en la Orden ITC/3750/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad. Tercero Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado certificado de acreditación OC-I/163 emitido por el ENAC, acompañado del anexo Técnico, de fecha 29-01-2010, que incluye los sistemas de medida de camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (<= 20 mPa.S) con caudales entre 25 l/min y 1000 l/min a presión atmosférica; por lo que, procede efectuar la designación solicitada con carácter definitivo. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV de 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Directriz 1/2007 de 26 de noviembre. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.