BOPV nº 86 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 30 de abril de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se realiza para el presente año la convocatoria de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, por la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción.
Mediante Orden de 4 de mayo de 2009, publicada en el BOPV n.º 98, de 26 de mayo de 2009, se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social pone en práctica para ofrecer a este tipo de empresas unas fórmulas de apoyo adaptadas a sus particulares características y necesidades. En su marco, se prevén subvenciones destinadas a las entidades promotoras para la creación de empresas de inserción y subvenciones dirigidas a las propias empresas de inserción para su sostenimiento. El artículo 17 de la citada Orden de 4 de mayo de 2009 establece que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, mediante Orden de su Consejero, convocará anualmente las líneas de ayudas previstas en esta Orden, con expresión de la dotación presupuestaria correspondiente y del plazo de presentación de solicitudes. En virtud del Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, la materia de promoción de la inclusión social corresponde al Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. Por lo tanto, es competente para dictar la presente Orden la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales. Por otra parte, el artículo 49.5 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o, en su caso, establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquéllas que fueron en su momento reguladas con vigencia indefinida. Por todo ello, habiéndose aprobado la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010, y en ejercicio de la habilitación prevista en el citado artículo 17 de la Orden de 4 de mayo de 2009, por la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, RESUELVO : Artículo 1 Convocar, para el año 2010, las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción. Artículo 2 El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas comenzará a contar desde la fecha en que entre en vigor la presente Orden y se extenderá hasta el 30 de octubre de 2010. Artículo 3 Por lo que se refiere a los recursos económicos destinados al cumplimiento del objeto de la Orden de 4 de mayo de 2009, se estará a lo dispuesto en su artículo 23. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.