BOPV nº 76 · · Empleo y Asuntos Sociales

ORDEN de 14 de abril de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas a las personas cooperantes vascas para 2010.

En los últimos años, la sociedad vasca ha dado muestras de una creciente sensibilización en torno a las desigualdades existentes en el mundo, a la vez que, de una voluntad decidida de contribuir a mejorar la calidad de vida de personas y sociedades desfavorecidas por un sistema desigual e injusto. Las iniciativas emprendidas por personas, ONGDs y Administraciones Públicas son buena prueba de ello. La presencia de hombres y mujeres de nuestra sociedad en los pueblos empobrecidos y su contribución humana y profesional es una de las expresiones más claras de este compromiso. No obstante, la difícil situación de los pueblos empobrecidos plantea nuevos retos para nuestra política de cooperación. La consolidación y reconocimiento de la figura del cooperante no son ajenos a esta realidad que supone mantener el esfuerzo por aumentar el compromiso personal y la capacitación técnica y profesional de nuestros cooperantes. La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales apuesta en este sentido por el impulso de la figura de el/la cooperante profesional en el marco de la política de cooperación estructural y transformadora. El Decreto 124/2005, de 31 de mayo (BOPV n.º 104, de 3 de junio), modificado por el Decreto 2/2006, de 10 de enero (BOPV n.º 11, de 17 de enero de 2006) y el Decreto 264/2006, de 26 de diciembre (BOPV n.º 6, de 9 de enero de 2007), por el que se regulan las ayudas a los cooperantes vascos con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda para el Desarrollo establece en su artículo 9 que anualmente, por Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, se procederá a la convocatoria de las ayudas, en la que se determinará el importe global de la dotación y máximo de las ayudas, lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como el modelo de solicitud. Por último, cabe señalar que la presente convocatoria recibió el visto bueno de la Comisión Gestora del Fondo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 9 de febrero de 2010. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es convocar para el presente ejercicio 2010 las ayudas a las personas cooperantes vascas reguladas por el Decreto 124/2005, de 31 de mayo, por el que se regulan las ayudas a las personas cooperantes vascas con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda para el Desarrollo modificado por el Decreto 2/2006, de 10 de enero y el Decreto 264/2006, de 26 de diciembre. Artículo 2 Dotación económica. El importe global de la dotación económica será de 400.000 euros para las ayudas a las personas cooperantes vascas. Dicho importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de la Dirección de Cooperación al Desarrollo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad en el BOPV mediante resolución de la Directora de Cooperación al Desarrollo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus