BOPV nº 73 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2010, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se designa a Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L. como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles.

Ref.: LAB-08-SUR ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 29 de diciembre de 2009, D. José Sánchez, en nombre y representación de la empresa Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L., con domicilio en c/ Barrachi, 37 A, Pabellón 23 B de Vitoria-Gasteiz, ha presentado en la Delegación Territorial de Álava solicitud de autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica prevista en la Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores. Segundo Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/118 emitido por ENAC, acompañado del anexo Técnico, de fecha 30-10-2009, que incluye los aparatos surtidores con caudales hasta 100 litros/minuto, por lo que procede efectuar la designación solicitada, con carácter definitivo. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV de 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Directriz 1/2007 de 26 de noviembre. La Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado en sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores, especifica en el anexo III los ensayos, su ejecución y los errores máximos permitidos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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