BOPV nº 72 · · Educación, Universidades e Investigación
EBAZPENA, 2010eko martxoaren 2koa, Hezkuntza sailburuordearena, IKE laguntza deialdiaren Ebazpena (2009ko azaroaren 2koa) zuzentzeko dena.
El artículo 18.2.c del Decreto 217/2008 por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones que se adviertan en los textos enviados para publicar se salvarán mediante disposición del mismo rango. El Viceconsejero de Educación resolvió la convocatoria de ayudas a las actividades extraescolares el 2 noviembre de 2009 (BOPV del 10 de diciembre de 2009). En esa Resolución, la solicitud de centro que se detalla a continuación se encuentra entre las enviadas fuera de plazo, a pesar de que legal y reglamentariamente debía de haber sido aceptado como válido. Por todo ello, RESUELVO : Añadir los datos siguientes al primer anexo: Herria Población Ikastetxea Centro Ekimena Actividad Laguntza Ayuda Atxondo CEP Atxondo LHI Jolastokia Patio de recreo 431 euro/euros DISPOSICIONES FINALES Primero Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes desde su publicación en el BOPV. Segunda La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2010. La Viceconsejera de Educación, M.ª ANTONIA OZCARIZ RUBIO.