BOPV nº 71 · · Empleo y Asuntos Sociales

DECRETO 101/2010, de 30 de marzo, del Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales.

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, en su firme apuesta por la construcción de un Sistema Vasco de Servicios Sociales de responsabilidad pública, moderno, avanzado y garantista, comparable en su desarrollo a otros sistemas públicos orientados al bienestar, lo dota de un conjunto de «instrumentos de gestión y coordinación capaces de garantizar la vertebración entre los tres niveles administrativos competentes» con vistas a posibilitar la coherente implantación, ordenación, y consolidación de la red de prestaciones y servicios. Es claro su interés por mejorar unas fórmulas y cauces de cooperación y coordinación hasta la fecha insuficientes y ello en tres vertientes fundamentales de actuación: la primera, sin duda, la coordinación entre los tres niveles administrativos autonómico, foral y municipal con competencias en materia de servicios sociales, pero también con otros sistemas y políticas públicas orientadas al bienestar social, mediante el establecimiento de cauces formales de cooperación y de instrumentos y protocolos conjuntos de actuación y, asimismo, con la iniciativa social sin ánimo de lucro. En relación con la primera de estas líneas de avance, el texto legal adquiere un compromiso de especial relevancia mediante la creación del Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales orientado a garantizar la unidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales y un desarrollo coherente y armónico del conjunto de prestaciones y servicios en todo el territorio autonómico. Si bien hasta la fecha la denominada Mesa Interinstitucional de Servicios Sociales actuaba como foro político de decisión en estas materias, la iniciativa de crear un órgano específico constituye todo un hito en un ámbito en el que, desde el momento de su aparición y a lo largo de su progresiva implantación, el sistema se ha caracterizado, a pesar de los importantes esfuerzos de impulso y estructuración de la red de servicios a lo largo de las pasadas tres décadas, por la aparición y, en algunos casos, el creciente ahondamiento de las diferencias entre los territorios históricos e incluso entre los municipios de un mismo territorio histórico. Esta constatación, repetidamente observada en los diferentes informes sobre el desarrollo e implantación de los servicios sociales realizados por diferentes instituciones públicas vascas, fue un elemento determinante de las orientaciones adoptadas por la nueva Ley de Servicios Sociales y, en particular de todas las medidas adoptadas en ese texto para la mejora de la coordinación y la cooperación entre los tres niveles administrativos, medidas que adquieren su más firme concreción en la creación del Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales, cuya regulación es objeto del presente Decreto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus