BOPV nº 70 ·

DECRETO 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco.

La Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco, crea la Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo adscrito al Departamento de Interior, determina sus funciones y establece, al tiempo, el esquema básico de los órganos de gobierno y dirección del ente autónomo. Las funciones atribuidas se centran en torno a la selección y formación de la Policía del País Vasco, sin perjuicio, de los cometidos que deba desarrollar para la adecuada formación del personal de seguridad privada y del que colabora en tareas de protección y ayuda a la ciudadanía. Durante todos estos años la Academia de Policía del País Vasco ha focalizado su labor en la selección de la Ertzaintza y del personal funcionario de los Cuerpos de las Policías Locales, centrándose la mayor parte de su esfuerzo en el despliegue efectivo de la Ertzaintza. Superada esa primera etapa es preciso abordar la reestructuración de la Academia para comprender, además de los antedichos ámbitos, otros implicados igualmente en el ámbito de la seguridad pública. Ello responde a la notable evolución en el ámbito de la seguridad experimentada en los últimos años. Por una parte, el aumento de la demanda ciudadana de seguridad ha motivado el crecimiento de los recursos humanos y materiales que las organizaciones destinan a tal fin. Y, por otra parte, ha supuesto una nueva concepción integral de la seguridad pública, que requiere de la integración efectiva en la seguridad de todos los colectivos destinados a proteger y ayudar a la ciudadanía, lo que engloba no sólo el aspecto meramente policial, sino también el ámbito de las emergencias y la protección civil. El nuevo diseño de la Academia Vasca de Policía del País Vasco parte de esta concepción integral de la seguridad pública, y, por ello, trata de cubrir de una manera transversal las necesidades que en materia de selección y formación se manifiestan en los diferentes ámbitos de la seguridad. La nueva situación va a suponer un incremento en la actividad de la Academia desplegada hasta la fecha, al sumar a las tareas tradicionalmente realizadas, otras que se les puedan encomendar en relación a otros colectivos relacionados con la seguridad pública y las emergencias. A lo cual debe añadirse la necesidad de abordar el papel que como centro de investigación y desarrollo en la materia debe de desempeñar en la actualización y mejora permanente de contenidos y conocimientos técnicos que contribuyan a una mejor adecuación y capacitación de los profesionales de la seguridad pública. Para lo cual es precisa la apertura a los ámbitos de la investigación en la formación en técnicas policiales, de emergencias y protección civil; la implementación de métodos modernos de formación con toda la potencia de las nuevas tecnologías, y el avance en el desarrollo de nuevas técnicas y modalidades educativas que se adapten mejor a las necesidades y posibilidades de los receptores de la formación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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