BOPV nº 67 · · Economía y Hacienda
ORDEN de 12 de marzo de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la convocatoria de ayudas para la formación avanzada en Previsión Social Complementaria.
Con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2 del Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria, se publicó la Orden, de 3 de diciembre de 2008, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, sobre formación en previsión social de los miembros de las Juntas de Gobierno de las Entidades de Previsión Social Voluntaria. De conformidad con la regulación establecida en esas normas, la disposición final segunda de la referida Orden de 3 de diciembre preveía que, con carácter anual, el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social podría realizar la convocatoria de ayudas para la formación en previsión social. En la actualidad, esas competencias le corresponden al Departamento de Economía y Hacienda de conformidad con el Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, que, en su artículo 8.f), atribuye a ese Departamento las funciones y áreas de actuación correspondientes a las Entidades de previsión social, así como con el Decreto 568/2009, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Economía y Hacienda. Impartida ya la formación básica y con el fin de coadyuvar a la cualificación y formación avanzada de los Órganos de Gobierno de las Entidades de Previsión Social Voluntaria, lo cual redundará en una dirección eficiente de la Entidad que, a su vez, comportará una superior garantía de los derechos de las personas integrantes de estas Entidades de Previsión Social Voluntaria, se considera oportuno convocar y regular las siguientes ayudas para los cursos avanzados de interés preferente. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de esta Orden es regular, para este ejercicio 2010, las bases de la convocatoria de las ayudas a conceder a las Entidades de Previsión Social Voluntaria para la realización de cursos avanzados de formación en previsión social impartidos durante el año 2010 y con anterioridad a la solicitud. Al objeto de fomentar la demanda formativa e incentivar la profundización de conocimientos por parte de las personas que componen sus Juntas de Gobierno o personal adscrito, el Departamento de Economía y Hacienda financiará, mediante subvenciones, el coste de los cursos avanzados de interés preferente. Artículo 2 Actuaciones y modalidades subvencionables. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.