BOPV nº 64 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2010, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se designa a Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L. como organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, de más de 3.000 kg y hasta 150.000 kg de alcance máximo.
Primero Con fecha 27 de abril de 2006, la empresa Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L., con domicilio en c/ Barrachi, 37-A, Pabellón 23 B de Vitoria, fue autorizada para realizar las verificaciones periódicas y después de reparación o modificación de básculas de más de 3.000 kg y hasta 60.000 kg de alcance máximo, instaladas en la CAPV. Segundo Con fecha 11 de diciembre de 2009, D. José Sánchez, en nombre y representación de la empresa Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L., ha presentado en la Delegación Territorial de Álava solicitud de prórroga de autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica, prevista en la Orden de 27 de abril de 1999, por la que se regula el control metrológico de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. Tercero Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/118 emitido por ENAC, acompañado del anexo técnico, de fecha 30-10-2009, que incluye los instrumentos Clase I m 30 kg y n 500.000; Clase II m 3.000 kg; Clase III, IIII m 60.000 kg; Clase III, IIII 60.000 kg < m 150.000 kg, por lo que procede efectuar la designación solicitada con carácter definitivo. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Directriz 1/2007 de 26 de noviembre. La Orden de 27 de abril de 1999 del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado, sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.