BOPV nº 54 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

ACUERDO de 17 de febrero de 2010, del Consejo de Administración del ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por el que se crea, en el área sanitaria de Bizkaia, la organización de servicios sanitarios denominada Red de salud mental de Bizkaia y se suprimen las organizaciones de servicios sanitarios Hospital de Bermeo, Hospital de Zaldibar, Hospital de Zamudio y Salud Mental Extrahospitalaria de Bizkaia.

La atención a las personas con un trastorno mental sigue en la CAPV las directrices derivadas de: Plan Estratégico de Salud Mental (1983). Ley General de Sanidad (1986). Informe del Ararteko sobre la atención comunitaria de la enfermedad mental en la CAPV (2000). Plan Estratégico de Salud Mental (2004-2008). Estrategia Europea/Libro Verde Salud Mental Europa (2005). Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud (2007). Estrategia en Salud Mental 2009 (ESM- 2009).Consejo Asesor de Salud Mental de Euskadi (2009). Dichas directrices enuncian un modelo de atención comunitario, es decir, de integración y normalización de los servicios asistenciales de salud mental en la red sanitaria general, de apoyo a la integración social y normalización de la población afectada y de coordinación con los recursos socio-sanitarios. El modelo propuesto trata de adaptarse al del Plan Estratégico de Salud Mental para el Territorio de Bizkaia, ante la poca factibilidad, en la actualidad, de que cada sector integre todos los diferentes dispositivos asistenciales (unidades de agudos de los hospitales generales) en una única organización. El nuevo modelo responde a otros objetivos genéricos del Plan Estratégico como son: Ordenación del medio hospitalario. Reconversión de recursos hospitalarios en estructuras alternativas. Impulso y normalización de los programas de rehabilitación. Por otra parte, la gestión de un presupuesto único debe de propiciar una mayor eficiencia en el uso de los recursos y posibilitar el desarrollo de liderazgos técnicos y un despliegue de las unidades de gestión clínica. Tal situación hace necesaria la implantación práctica de procesos de actuación y gestión unificada de determinados servicios, obedeciendo a razones de mejora de la calidad asistencial y de economía y ahorro de recursos, para los que resulta necesario dotarles de la suficiente cobertura jurídica. Del análisis de la situación actual se puede concluir que el modelo organizativo vigente basado en cuatro Organizaciones de Servicios ha sido superado al haberse constatado la necesidad de avanzar hacia una definitiva integración de todos los recursos humanos, materiales y organizativos que pertenecían separadamente a las organizaciones de servicios sanitarios identificadas como «Hospital de Bermeo», «Hospital de Zaldibar», «Hospital de Zamudio» y «Salud Mental Extrahospitalaria de Bizkaia», en una nueva organización de servicios sanitarios que se denominará «Red de Salud Mental de Bizkaia». EL artículo 4.2 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, aprobados por Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, establece lo siguiente: En Anexo II al presente Decreto se determinan las organizaciones de servicios del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que se entenderán constituidas a la fecha de inicio de sus actividades. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus