BOPV nº 53 · · Agencia Vasca del Agua
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2010, del Director General de la Agencia Vasca del Agua, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones para programas y proyectos de innovación, investigación y desarrollo relacionados con el agua y los sistemas acuáticos.
La Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, crea y regula en su Capítulo II la Agencia Vasca del Agua como ente público de derecho privado, llamado a constituirse en el instrumento central para llevar a cabo la política del agua en Euskadi. En este sentido, la Agencia, como entidad responsable en materia de aguas en el ámbito de las competencias que corresponden a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ejerce las funciones indicadas en el artículo 7 de la citada Ley 1/2006. Entre las funciones atribuidas a la Agencia Vasca del Agua se encuentran, entre otras, las de estimular la colaboración científica y técnica, colaborar en la elaboración y ejecución de programas en materia de innovación, investigación y desarrollo relativos al agua y los ecosistemas acuáticos, y evaluar los posibles efectos derivados del cambio climático en los ecosistemas hídricos, así como las actuaciones necesarias para mitigar dichos efectos. Precisamente, es para el cumplimiento de estos objetivos, para lo que se promueve la presente línea de ayudas para programas y proyectos de innovación, investigación y desarrollo relacionados con el agua y los sistemas acuáticos. Su alcance inicial se limita inicialmente al ejercicio 2010, pero con vocación de estabilidad para esta línea. En este sentido, la Agencia Vasca del Agua tiene previsto desarrollar durante 2010 la Estrategia de Investigación, desarrollo e innovación en materia de Aguas de la CAPV, sobre cuyos resultados se basarán los siguientes ejercicios de esta línea de subvenciones. El Decreto 240/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua, en su artículo, 7 apartado 2.h, establece entre las funciones que le corresponden al Director General de la Agencia la aprobación de las bases y la concesión de subvenciones en materias relacionadas con las competencias de la Agencia. En virtud de todo lo expuesto anteriormente, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de estas bases regular las condiciones que regirán la concesión de subvenciones cuyo objeto es sufragar los gastos derivados de las iniciativas que permitan elaborar programas y proyectos de innovación, investigación y desarrollo relacionados con la hidrología superficial y subterránea, hidráulica y los ecosistemas acuáticos y que se lleven a cabo en el ámbito de la CAPV. Se considerarán actividades objeto de subvención, conforme a lo establecido en el apartado anterior: Estudios sobre contaminantes prioritarios y emergentes. Estudios sobre aplicación de técnicas de restauración, recuperación y mejora morfológica y ecosistémica de masas de agua. Investigaciones para establecer los efectos del cambio climático sobre las masas de agua y las infraestructuras hidráulicas. Alternativas para mitigar y/o prevenir los efectos derivados del cambio climático. Metodologías para la determinación de estado y potencial ecológico, y valoración de la eficacia de programas de medida sobre las masas de agua. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.