BOPV nº 51 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Palacio Arana de Izurtza (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta el Palacio Arana de Izurtza (Bizkaia), atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Palacio Arana de Izurtza (Bizkaia) conforme a la delimitación que figura en el Anexo I, a la descripción obrante en el Anexo II y al Régimen de Intervenciones Permitidas que se concreta en el Anexo III. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Palacio Arana de Izurtza (Bizkaia), para que durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Izurtza y a los Departamentos de Cultura y Transportes y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2010. (Por ausencia de del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Decreto 25/2006, de 14 de febrero). El Director de Patrimonio Cultural, JOSÉ LUIS IPARRAGUIRRE MÚGICA. ANEXO I DELIMITACIÓN a) Descripción de la delimitación. La delimitación incluye la edificación principal y las siguientes edificaciones y entorno: el almacén-cochera de la fachada Este; los restos de otra edificación ubicada junto a la antepara O pesquera denominada «usotokia» y el espacio ajardinado de los jardines interior y exterior, incluidos los elementos de urbanización como el cierre de parcela y los árboles que se describen en el Anexo II. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.