BOPV nº 51 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
DECRETO 52/2010, de 16 de febrero, por el que se desarrolla un programa extraordinario de concesión de avales públicos para la financiación empresarial.
Una de las características diferenciadoras de la actual crisis económica es la fuerte contracción experimentada en las habituales fuentes de financiación al sector empresarial vasco asociadas a su tráfico mercantil ordinario. Para paliar esta falta de financiación se propone un programa de avales para la financiación de circulante que se dirige prioritariamente a un colectivo de empresas vital para nuestra economía y empleo. Se trata de aquellas que por si solas o en cooperación con otras pueden acceder a importantes proyectos, la mayoría en el mercado internacional y que para su desarrollo y ejecución aportan una demanda añadida a sus proveedores vascos. Este tipo de operaciones realizadas por empresas tractoras colaborarán de forma importante en la continuidad en términos productivos y de empleo de nuestro tejido industrial. El Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales siendo conscientes de la problemática mencionada, y desde una posición decididamente activa a favor del mantenimiento del conjunto del sector empresarial como soporte básico de nuestra Comunidad Autónoma, consideraron necesario abordar de manera conjunta actuaciones extraordinarias para el periodo 2009-2010 que permitieran atender a aquellos proyectos empresariales cuya importancia sectorial, comarcal, económico o social en su entorno justifique este tipo de medidas. Por ello el Gobierno Vasco aprobó una Ley Extraordinaria con el objetivo de aplicar un paquete de medidas contra la crisis entre las cuales se situaría un incremento del límite de avales para el ejercicio 2009 asociado a actuaciones en las condiciones previstas en este Decreto. Desde estos parámetros, el Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 5 de junio de 2009, aprobó la posibilidad de conceder avales por un volumen total de hasta 50.000.000 euros en el ejercicio 2009 para actuaciones extraordinarias como las señaladas. Dicho Acuerdo preveía la posibilidad de dar forma a un Programa extraordinario para el apoyo financiero a las empresas y grupos de empresas que cumplieran los criterios fijados en el mismo en el ejercicio 2010, que fijara la cuantía de avales a conceder, así como sus características, funcionamiento y gestión. Este Programa Extraordinario tiene en consideración y respeta las Directrices Comunitarias de aplicación, adaptando la tipología de ayudas establecidas por la Comunidad Europea y sus condiciones básicas para la autorización de las mismas. En este sentido, mediante Decisión de la Comisión de la UE de fecha 8 de junio de 2009, se aprobó para España la ayuda de Estado n.º N 307/2009 - España, denominada «régimen temporal de ayuda para conceder cantidades limitadas de ayuda compatible». El objetivo del régimen autorizado es conceder una ayuda temporal a las empresas afectadas por una escasez o una indisponibilidad crediticia repentina a consecuencia de la crisis financiera y económica global. Ayudará a mantener el empleo actual y posiblemente a estimular la creación de nuevos empleos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.