BOPV nº 49 · · Empleo y Asuntos Sociales
RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2010, del Director de Inmigración, por la que se anula la subvención concedida a Fundación Fondo formación al amparo de la Resolución de 11 de noviembre de 2009 del Director de Inmigración por la que se procede a resolver las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 6 de marzo de 2009 del consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, en desarrollo del decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividade
ANTECEDENTES Con fecha 23 de marzo de 2009 se publicó en el BOPV la Orden de 6 de marzo de 2009, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, de convocatoria para el año 2009 de ayudas para la organización de cursos, jornadas o seminarios que tengan como objeto la formación en materia de inmigración e interculturalidad. Con fecha 11 de noviembre de 2009 el Director de Inmigración dictó Resolución por la que se procede a resolver las solicitudes de subvención al amparo de la Orden mencionada en el punto primero, concediéndosele a través de la misma a Fundación Fondo formación una subvención por importe de 5.916 euros por el concepto siguiente: «Formación en mediación intercultural». (FOR-200900/0027). Con fecha 12 de enero de 2010 se ha recibido en la Dirección de Inmigración escrito remitido por Fundación Fondo formación en el que se pone de manifiesto la renuncia a la subvención concedida. Por todo ello, RESUELVO : Lehenengoa. Anular la subvención concedida a Fundación Fondo formación para la realización de la actividad propuesta para ser subvencionada «Formación en mediación intercultural». Segundo Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme a lo estipulado en el artículo 49.2 de la Ley 7/1997, de 19 de junio, por la que se regula el régimen de subvenciones y ayudas y se modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá la persona interesada interponer recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2010. El Director de Inmigración, MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ MARTÍN.