BOPV nº 35 · · Sanidad y Consumo

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2010, de la Directora de Consumo, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2010 de concesión de becas de formación e investigación en materia de consumo.

La Orden de 21 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 15 de octubre de 2007), regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo. Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Asimismo, según la Disposición transitoria segunda del Decreto 579/2009, de 3 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad y Consumo, corresponde dictar la resolución de la presente convocatoria a la Directora de Consumo. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en la mencionada Disposición transitoria segunda del Decreto de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en la Orden de 21 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo. El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2010 será de cuatro (4): tres becas para la beca tipo 1 y una para la beca tipo 2. La distribución de las cuatro becas podrá variar en el caso de que alguna de las becas quedara desierta en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la mencionada Orden. Para las becas objeto de la presente convocatoria se destinará un total de 12.960 euros por beca, más una asignación máxima de 1.590 euros para cubrir los gastos previstos en el artículo 6.1 de la referida Orden, por la que se regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo. Por tanto, se destinará, para este fin, un total de 58.200 euros, según los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. Artículo 2 Requisitos. Las personas solicitantes, para poder acceder a las becas previstas en la Orden de 21 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 15 de octubre de 2007), deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. Un modelo de solicitud será facilitado en la Dirección de Consumo del Gobierno Vasco, y en la dirección de Internet: www.euskadi.net. Las solicitudes y demás documentación complementaria deberán dirigirse y presentarse en la Dirección de Consumo, del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco, o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus