BOPV nº 32 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2010, del Viceconsejero de Innovación y Tecnología, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2010, dentro del marco establecido por la Orden de 12 de septiembre de 2005, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Programa Hedatu.
La Orden de 12 de septiembre de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Programa Hedatu. De conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 12 de la Orden de referencia, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en la Orden de 12 de septiembre de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Programa Hedatu. A su financiación se destinan 200.000 euros, con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte, en su caso, de su ampliación, con carácter previo a la resolución del procedimiento, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Innovación y Tecnología. Segundo Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 12 de septiembre de 2005, deberán reunir los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 de la Orden de referencia. Tercero Solicitudes y plazo. Las solicitudes y demás documentación complementaria se presentarán en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, Alameda Urquijo, n.º 36-4.ª planta (Edificio Plaza Bizkaia), bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Un posible modelo de solicitud y de formularios será facilitado por el Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, o podrá obtenerse en la dirección de internet www.spri.es/idi/idi/, una vez efectuada la convocatoria de las ayudas mediante resolución del Viceconsejero de Innovación y Tecnología. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 30 de junio de 2010, siempre que con carácter previo no se haya producido el agotamiento de los créditos consignados a la convocatoria, en los términos previstos en el artículo 3.2 de la Orden de 12 de septiembre de 2005. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.