BOPV nº 32 · · Economía y Hacienda

DECRETO 41/2010, de 9 de febrero, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, empresarios individuales y profesionales autónomos.

La disposición adicional séptima de la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2010, autoriza al Gobierno a aprobar, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, un programa específico de apoyo al acceso a la financiación de las empresas vascas mediante el establecimiento de una línea plurianual de financiación a empresarios individuales, autónomos, pequeñas y medianas empresas. Esta línea estará dotada con un máximo de 600 millones de euros y tendrá por objeto atender sus necesidades de circulante, la renovación de la deuda a corto plazo, la adecuación de deuda a corto plazo en deuda a medio y largo plazo, así como, en su caso, aquellas actuaciones de naturaleza financiera que supongan una aceleración de sus planes de inversión. La prolongación de la crisis económica en la que está inmersa la Comunidad Autónoma de Euskadi y la profundización y extensión de sus efectos a prácticamente todos los sectores económicos se caracteriza, entre otras cuestiones, por las dificultades de acceso a la financiación que sigue comportando para la gran mayoría de los agentes económicos. Ante la necesidad de atemperar o atenuar las consecuencias que esta restricción crediticia pudiera tener en los agentes económicos más expuestos a dicha situación y su efecto a medio-largo plazo en la capacidad productiva de la Comunidad Autónoma se pretende con el presente Decreto prorrogar el funcionamiento de la línea equivalente implementada a lo largo del año 2009 y cuya regulación se focalizó en el Decreto 230/2008, de 30 de diciembre, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero para la adecuación de la estructura financiera de las Pymes y en el Decreto 229/2008, de 30 de diciembre, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero para la adecuación de la estructura financiera de los empresarios individuales y autónomos. Como continuación del esquema definido en el año precedente pero sin menoscabo de la actualización de algunas de las características definitorias del mismo, el Decreto regula las condiciones de acceso al crédito, los beneficiarios, la disponibilidad de los recursos y las condiciones de los préstamos así como el procedimiento de tramitación ante las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras colaboradoras en el programa específico de apoyo al acceso a la línea de financiación plurianual. A estos efectos el Departamento de Economía y Hacienda suscribirá los oportunos Convenios de colaboración con las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras. Este Decreto se complementará con las correspondientes Órdenes de convocatoria. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 9 de febrero de 2010, DISPONGO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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