BOPV nº 31 · · Agencia Vasca del Agua
RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2010, del Director General de la Agencia Vasca del Agua, en relación a la moratoria de la liquidación del canon del agua en los usos agropecuarios.
Con carácter general el Decreto 181/2008, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Régimen Económico-Financiero del Canon del Agua establece, en su artículo 4, de título «Hecho imponible», que constituye el hecho imponible del canon del agua el consumo real o potencial del agua en el conjunto de la Comunidad Autónoma del País Vasco por la afección al medio que su utilización pudiera producir. El uso agropecuario entra por tanto dentro de este hecho imponible. En este sentido la petición parlamentaria realizada, de 18 de noviembre de 2009, pide la moratoria para el uso agropecuario hasta realizar y presentar un estudio pormenorizado y específico del consumo de agua en la actividad agro-ganadera, a partir del cual plantear un consumo máximo exento de aplicación del canon del agua; de forma que el tratamiento al sector primario se equipararía al consumo doméstico. Artículo 51 Ley 1/2006, de 23 de junio de Aguas establece que: «La gestión del canon del agua corresponde a la Agencia Vasca del Agua y el artículo 7.2.d del Decreto 240/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua confiere al Director General la competencia para liquidar los tributos en materia de aguas de competencia de la Agencia». RESUELVO : Primero Aplazar la realización de actos de liquidación del canon del agua para el uso agropecuario hasta tanto se realice un estudio pormenorizado y específico del consumo de agua en la actividad agro-ganadera, a partir del cual plantear un consumo máximo exento de aplicación del canon del agua. Segundo Este aplazamiento tiene efectos sobre los actos de liquidación que se emitan a partir del 1 de enero de 2009. Tercero Ante la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, previo al contencioso-administrativo, ante la Consejera de Agricultura, Pesca, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Vitoria-Gasteiz, a 21 de enero de 2010. El Director General de la Agencia Vasca del Agua, IÑAKI URRIZALQUI OROZ.