BOPV nº 39 · · Justicia y Administración Pública
DECRETO 57/2010, de 23 de febrero, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.
El Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (en la redacción dada por el Decreto 20/2009, de 30 de julio), determinó que el Departamento de Justicia y Administración Pública quedaría formado por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Justicia del extinto Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por los órganos y unidades de la Secretaría General de Régimen Jurídico de la extinta Vicepresidencia del Gobierno, excepto la Dirección de Régimen Local, que se integra en la Presidencia del Gobierno, si bien sus medios personales y materiales se adscriben a la Dirección de lo Contencioso de la referida Secretaria General de Régimen Jurídico, por los órganos y unidades de la Secretaría General de Modernización y Administración Electrónica de la extinta Vicepresidencia del Gobierno y por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Administración y Servicios y de la Viceconsejería de Función Pública, ambos del extinto Departamento de Hacienda y Administración Pública. En su virtud, el Decreto 472/2009, de 28 de agosto, estableció la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública y entre las medidas organizativas que incorporaba se hallaba la de atribuir las funciones sobre régimen local a la Dirección de lo Contencioso y las funciones sobre Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales a la Dirección de Desarrollo Legislativo y Control Normativo, integradas ambas en la Viceconsejería de Régimen Jurídico. Una adecuada gestión de las competencias actualmente atribuidas a ambas direcciones aconseja la agrupación de las funciones sobre régimen local y sobre Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales en una misma unidad administrativa, mejorándose así considerablemente la eficacia del conjunto. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previa aprobación del Lehendakari, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 23 de febrero de 2010, DISPONGO : Artículo primero Modificación del artículo 2 (Estructura general del Departamento de Justicia y Administración Pública) del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública. Se modifica el apartado 1.5 del artículo 2 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, que quedará redactado como sigue: Viceconsejería de Régimen Jurídico: a) Dirección de Desarrollo Legislativo y Control Normativo. b) Dirección de lo Contencioso. c) Dirección de Registros Administrativos y de Régimen Local. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.