BOPV nº 17 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 27 de enero de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se efectúa para el año 2010 la convocatoria prevista en el Decreto 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
Mediante la presente Orden se da cumplimiento y desarrollo para el año 2010 a las previsiones contenidas en el Decreto 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco. En términos generales no se reiterarán en esta Orden los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades que deseen presentarse a esta convocatoria de subvenciones. Dicho Decreto, al amparo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, entiende las actividades de intervención social como aquellas orientadas a proteger y promover la autonomía personal e integración comunitaria de todas las personas, familias y grupos. El mencionado Decreto, igualmente, obliga al Departamento de Empleo y Asuntos Sociales a tomar en consideración de forma especialmente atenta, en dicha labor de fomento, las perspectivas y políticas transversales de su específica responsabilidad, como son las relacionadas con la inclusión social, la familia, la infancia y adolescencia, las drogodependencias, la inmigración y la diversidad y libertad afectivo sexual, así como las que tienen que ver con la discapacidad y la dependencia, las personas mayores y, singularmente, la igualdad de género. El citado Decreto orienta al Gobierno Vasco en su labor de fomento de actividades de intervención social realizadas por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro preferentemente hacia aquellas de ámbito supraterritorial, es decir, las que tienen lugar a escala de toda la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las líneas subvencionales previstas en el mencionado Decreto son las siguientes: Actividades de intervención social con personas, familias, grupos y comunidades. Actividades para el fortalecimiento de la acción voluntaria y la participación asociativa en la intervención social. Actividades de gestión del conocimiento para la intervención social. En virtud de todo ello. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.