BOPV nº 250 · · Cultura
ORDEN de 9 de diciembre de 2009, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2010 para la difusión teatral.
De conformidad al Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura, y a través del Decreto 25/2006, de 14 de febrero, por el que se establece su estructura orgánica, a la Dirección de Promoción de la Cultura. Dicha Dirección de la Promoción de la Cultura estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de las actividades teatrales de carácter profesional, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de ayudas a la realización de giras artísticas fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi y a la promoción de temporadas teatrales que se lleven a cabo por compañías de teatro profesionales radicadas en la misma. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de los grupos teatrales vascos y posibilitar además, que tales grupos obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a la difusión teatral durante el ejercicio 2010. Artículo 2 Modalidades y Recursos económicos. El importe global destinado a estas subvenciones es de ciento veintiocho mil ciento sesenta (128.160) euros y podrá verse incrementado en los términos recogidos en la disposición adicional segunda. El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria: Ciento un mil (101.000) euros para la realización de giras teatrales fuera de la CAPV. Veintisiete mil ciento sesenta (27.160) euros para la promoción de temporadas teatrales. Artículo 3 Personas o entidades beneficiarias. Sin perjuicio de cuantos otros requisitos queden específicamente establecidos en la presente Orden, podrán solicitar estas ayudas, quienes cumplan los siguientes requisitos: Ser personas físicas o jurídico privadas dedicadas profesionalmente a la actividad teatral. Tener domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Encontrarse dado de alta a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes en el correspondiente epígrafe de actividades teatrales en el impuesto de actividades económicas. Como beneficiarios de estas ayudas, quedan excluidos los peticionarios que ostenten la forma jurídica de asociación cultural o fundación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.