BOPV nº 249 · · Sanidad y Consumo

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2009, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se resuelve la Orden de 6 de octubre de 2009, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se convocan subvenciones para la formación de personal no sanitario en la utilización de desfibriladores externos automáticos (DEAs).

Por Orden de 6 de octubre de 2009 del Consejero de Sanidad y Consumo, publicada en el BOPV n.º 207, del miércoles 28 de octubre de 2009, por la que se convocan subvenciones para la formación de personal no sanitario en la utilización de desfibriladores externos automáticos (DEAs). El artículo 11.1 de dicha orden establece que las solicitudes presentadas se tramitarán en un único procedimiento cuya resolución, decidiendo todas las cuestiones planteadas por los interesados, corresponde, al Viceconsejero de Sanidad, a propuesta de la Comisión de valoración, cuya composición se determina en el artículo 9.1 de esa misma Orden. Evaluadas las solicitudes presentadas y elevada la correspondiente propuesta por la Comisión de Valoración, de conformidad con la misma RESUELVO : Primero Conceder las ayudas a las entidades que se mencionan. Las cantidades concedidas se destinarán exclusivamente a financiar los gastos generados por la persona asistente al curso de formación, relativos a matrícula, desplazamiento, manutención, adquisición de material y cualquier otro que se acreditara vinculado directa e indubitadamente a la asistencia al curso. Erakundeak/Entidades Zenbatekoa/Importe Erandioko Udala / Ayuntamiento de Erandio 1500,00 Etxebarriko Udala / Ayuntamiento de Etxebarri 1903,87 Arrasateko Udala / Ayuntamiento de Mondragón 3620,00 Urnietako Udala / Ayuntamiento de Urnieta 1200,00 Cdad. Propietarios del Centro Comercial Urbil 500,00 Geyser Gastech, S.A. 1087,00 Guardian Llodio Uno, S.L. 2400,00 Irizar 3600,00 KSB Itur 600,00 Segundo Desestimar el resto de peticiones, considerando los criterios establecidos y el resto del articulado de la Orden de convocatoria. Erakundeak/Entidades Arrazoia/Motivo Galdakao-Usansolo Ospitalea / Hospital Galdakao-Usansolo 3. artikulua, ez da gutxienekora iritsi Articulo 3, no alcanza el mínimo Tercero Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de diciembre de 2009. En representación según Decreto 579/2009, de 3 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad y Consumo, Disposición Adicional. Régimen de suplencias. La Directora de Salud Pública, MARÍA MERCEDES ESTEBANEZ CARRILLO.

Publicación oficial en euskadi.eus