BOPV nº 243 ·
DECRETO 600/2009, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas y sistemas de juego.
La Ley 4/1991, de 8 de noviembre, Reguladora del Juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco fue dictada en desarrollo de la competencia exclusiva que, en materia de juego, se halla atribuida a la Comunidad Autónoma del País Vasco en el artículo 10.35 del Estatuto de Autonomía, la cual faculta al Gobierno para dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de lo establecido en la misma. En ejercicio de dicha competencia se publicó el Decreto 308/1996, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas de juego, máquinas auxiliares y otros sistemas e instalaciones de juego de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el cual ha sido objeto de varias modificaciones para su adecuación a la realidad social del momento. El sector del juego es un sector en constante evolución, debido a los continuos avances tecnológicos, lo cual unido a la dispersión normativa existente en la materia y debido al tiempo transcurrido desde la aprobación del anterior Reglamento hace necesaria la aprobación de un único texto en el que se incorpore la regulación de esta materia. Transcurrido un amplio periodo de tiempo, en el cual la citada norma ha demostrado ser un instrumento eficaz de ordenación del subsector de máquinas y sistemas de juego, se hace obligado revisar el citado texto al objeto de adaptarlo a los nuevos usos sociales y a las nuevas tecnologías. Ello supone incorporar las innovaciones tecnológicas y las nuevas opciones de juego, considerando las solicitudes planteadas por los diversos sectores interesados. Al mismo tiempo, en este Reglamento se protegen los derechos de las personas jugadoras, se impulsa la práctica del juego responsable y se enuncian los principios en los que se inspira. Para ello prevé la realización de campañas informativas y educativas, así como la colaboración de asociaciones especializadas en conductas adictivas, todo ello tendente a prevenir los efectos negativos que la práctica del juego puede producir en determinadas personas jugadoras. El Reglamento de máquinas tiene un amplio espectro ya que afecta a sectores tan diversos como las explotaciones de máquinas en hostelería, los salones de juego, las salas de bingo, los casinos de juego, las nuevas empresas de apuestas. Lo que hace considerar todas las modalidades precisas en función de la especificidad de cada sector. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.