BOPV nº 242 · · Educación, Universidades e Investigación

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2009, de la Directora de Innovación Educativa, de la Orden de 30 de junio de 2009, modificada por Orden de 17 de noviembre, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para los centros docentes concertados que escolaricen alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo para el curso escolar 2009-2010.

En el artículo 6 de la citada Orden, se establece que el estudio de las solicitudes se llevará a cabo por las y los Técnicos Territoriales de Innovación Educativa (Educación Especial) quienes, previa petición de los informes técnicos oportunos, elevarán sus propuestas, debidamente informadas, a la Comisión de Valoración, que presentará la propuesta de resolución a la Directora de Innovación Educativa, quien resolverá. Una vez realizados todos los trámites establecidos en la Orden, y previa propuesta de la Comisión de Valoración, oídas las propuestas territoriales, RESUELVO : Primero Conceder las ayudas a los centros docentes concertados que se relacionan en el anexo I a la presente Resolución, que cuentan con alumnado con n.e.e. y necesitan contratar Especialistas de Apoyo Educativo, para el curso escolar 2009-2010. Segundo Los importes establecidos en la presente Resolución son topes máximos a abonar, y se pagarán en función del periodo de duración y n.º de horas establecidos en el contrato realizado entre el/la trabajador/a y el centro docente correspondiente. Tercero Antes de procederse al abono del primer importe de la ayuda, el centro deberá presentar la siguiente documentación: Titulación exigida del personal especialista de apoyo educativo que se contrata, atendiendo a lo exigido en el artículo 3.1 de la Orden de 3 de junio. Contrato de trabajo realizado con cada especialista de apoyo educativo. Dicha documentación se remitirá a la Delegación Territorial de Educación correspondiente (Servicio de Innovación Educativa) en el plazo de 15 días posteriores a la publicación de la presente Resolución en el BOPV. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. Segunda La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, a 26 de noviembre de 2009. La Directora de Innovación Educativa, M.ª LUISA DEL PILAR GARCÍA GURRUTXAGA. I. ERANSKINA / ANEXO I Araba/Álava Ikastetxea Centro Udalerria Localidad H.L.E. Asteko orduak Horas semana E.A.E. Geh. zenbat. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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