BOPV nº 236 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2009, de la Directora de Servicios del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, de delegación en la Consejera de Justicia y Administración Pública de la contratación del suministro de energía eléctrica y/o gas natural para el año 2010 en los centros administrativos dependientes del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector Eléctrico, regula las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, consistentes en su generación, transporte, distribución, comercialización e intercambios intracomunitarios internacionales, así como la gestión económica y técnica del sistema eléctrico. Por su parte, la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, regula las actividades destinadas a la comercialización de productos petrolíferos y de combustibles gaseosos por canalización. Las mencionadas Leyes y sus normas de desarrollo regulan las relaciones entre los diversos agentes del sistema y los procedimientos para la adquisición de dichos suministros energéticos, y en concreto sobre los precios y remuneraciones de los mismos en el mercado liberalizado. A tenor del Capítulo V y de la D.A.1.ª del Decreto 136/1996, de 5 de junio, por el que se aprueba el régimen de la contratación administrativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 18.e del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, corresponde a la Dirección de Recursos Generales la contratación en edificios de gestión centralizada de las materias o servicios de utilización generalizada que hayan sido atribuidos a la Dirección de Recursos Generales. También el artículo 18.a del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, otorga a la mencionada Dirección la propuesta de desarrollo de los procedimientos para la contratación de bienes y servicios de adquisición centralizada. En el momento actual, se considera que la contratación de manera centralizada del suministro de energía eléctrica y/o gas natural de los edificios de gestión centralizada de competencia de la Dirección de Recursos Generales, de los demás edificios del Departamento de Justicia y Administración Pública y de los edificios adscritos al resto de los Departamentos del Gobierno Vasco y sus OO.AA. contribuye a la mejora de la gestión de los servicios, así como a la racionalización del gasto público. El artículo 19 del Decreto 136/1996, anteriormente mencionado, permite la extensión de las competencias de la Dirección de Recursos Generales a otros edificios distintos de los de gestión centralizada. Esta extensión se instrumentaliza por medio de convenio, previsiones específicas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de las fórmulas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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