BOPV nº 234 · · Educación, Universidades e Investigación
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2009, del Director de Uniqual Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta Egiaztatzeko Agentzia-Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, por la que se da publicidad al Protocolo para la emisión de informe previo de Uniqual de los planes de estudio de titulaciones de grado del Sistema Universitario Vasco aprobado por el Consejo de Administración de Uniqual Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta E
Protocolo para la emisión del informe previo de Uniqual de los Planes de Estudio de Titulaciones de Grado del Sistema Universitario Vasco. La participación de las universidades españolas en la creación del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior supone la elaboración de los nuevos títulos de grado adaptados a los principios que inspiran este proyecto fundamental en la construcción Europea. En esta labor participan el Gobierno español en su labor de impulso a la legislación y de inscripción de los títulos en el nuevo Registro de Universidades, Centros y Títulos, el Gobierno Vasco como responsable de la autorización de las titulaciones, el Consejo de Universidades y Aneca como responsables de la verificación académica de los estudios y Uniqual como responsable de la elaboración del informe previo a la autorización que concede el Gobierno Vasco, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 4/2007, en los artículos 48 y 80.3.c) de Ley 3/2004, en los artículos 24, 25 y 26 del R.D. 1393/2007 y el Decreto 11/2009 de la Comunidad Autónoma Vasca. La Ley 3/2004 del Sistema Universitario Vasco en su artículo 48 establece la obligatoriedad de contar con un informe previo de Uniqual para la aprobación de nuevos planes de estudio conducentes a la obtención de títulos oficiales de enseñanza superior. Posteriormente el Decreto 11/2009, referido a la implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Master y Doctorado, concreta el procedimiento y los criterios para la elaboración del citado informe. Teniendo en cuenta el mandato legal citado y lo dispuesto en el artículo 80.3.c) de la Ley 3/2004 del Sistema Universitario Vasco y en el artículo 5.b) y 9.d) de los Estatutos de Uniqual (Decreto 138/2006 de 27 de junio) la Agencia ha elaborado este protocolo. Procedimiento para la emisión del informe previo de Uniqual de los planes de estudio de los títulos de grado de las universidades del sistema universitario vasco. El informe previo de Uniqual para la aprobación de nuevos planes de estudio conducentes a la obtención de títulos oficiales de grado es una parte del proceso de acreditación de los nuevos planes de estudio. El proceso de evaluación que realiza Uniqual debe regirse por los principios del Código ético de la Agencia: Independencia, Transparencia, Eficiencia y Equidad. En la definición de estos criterios y procedimientos participan el Comité de Expertos de Uniqual como órgano científico-técnico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.4.a) de los Estatutos de Uniqual y el Consejo de Administración como órgano de gobierno, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 9.d) de los citados Estatutos y la Dirección de Uniqual, de acuerdo con el artículo 12.2.a) de los Estatutos. Descripción del proceso. El proceso de elaboración del informe previo se inicia con la presentación de la solicitud del informe por parte de las Universidades. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.