BOPV nº 231 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2009, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea de alta tensión a 30 kV St. Jundiz-St. Puentelarra I, derivación a Canteras de Ecalsa, en Trespuentes, término municipal de Iruña de Oca y se declara su utilidad pública.

Ref.: 17627-PRD-mmb. Exp.: 01-AT-H-2008-00061. ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 11 de diciembre de 2008, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. (Vitoria-Gasteiz) con domicilio en Vitoria-Gasteiz, c/ Urartea, 2 (Álava), solicita autorización administrativa, declaración en concreto de la utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea de alta tensión a 30 kV St. Jundiz-St. Puentelarra I, derivación a Canteras de Ecalsa, en Trespuentes, término municipal de Iruña de Oca, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto correspondiente, firmado por el Ingeniero Industrial D. Emilio Nanclares Ocio, colegiado n.º 1607, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Álava, el 5 de diciembre de 2008 con el n.º 081152. Dos. A los efectos previsto en el art. 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, (BOPV de 23-10-2002) y art. 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, de 6 de febrero de 2009, en el Boletín Oficial del País Vasco, de 24 de febrero de 2009, y en el diario El Correo, de 8 de enero de 2009. Asimismo, el citado anuncio fue expuesto en los Tablones de Edictos del Ayuntamiento de Iruña de Oca desde el día 12 al 31 de enero de 2009. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. La Dirección de Energía y Minas es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. Dos. La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, determina, en su art. 40, que la construcción, explotación, modificación sustancial, transmisión y el cierre de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa. Tres. El Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Cuatro. El art. 52 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso y el art. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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