BOPV nº 231 · · Educación, Universidades e Investigación

ACUERDO de 2 de noviembre de 2009, del Consejo de Administración de Uniqual/Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta Egiaztatzeko Agentzia-Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, por el que se acuerda aprobar y publicar la convocatoria para que las profesoras y profesores de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea puedan obtener el informe específico a que se refiere la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2004,

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco y en el artículo 2 del Decreto 192/2007, de 13 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para obtener la evaluación y acreditación de Uniqual Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta Egiaztatzeko Agentzia-Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, por parte del personal docente e investigador contratado de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, del profesorado de las Universidades privadas en posesión del Título de Doctor, y para obtener el informe previo a la contratación de Profesorado Colaborador y Asociado de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea; y de acuerdo con el dictado de los anexos VIII y IX del Decreto 149/2008, de 29 de julio, por el que se aprueban los criterios de evaluación, el Consejo de Administración de la Agencia, ACUERDA : Único. Aprobar y publicar la convocatoria para que el profesorado de la Universidad Pública del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea pueda obtener el informe específico a que se refiere la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, con arreglo a las siguientes BASES Primera Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases para la obtención del informe específico que la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, prevé para la contratación en las figuras de colaborador permanente o agregado de acuerdo con lo dispuesto en los anexos VIII y IX del Decreto 149/2008, de 29 de julio. Segunda Plazo de presentación de la solicitud de informe específico. El plazo para presentar la solicitud de informe específico para las figuras de colaborador permanente y/o agregado será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 32/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercera Lugar y forma de presentación de la solicitud de informe específico. Las solicitudes serán presentadas en Uniqual y se generarán, junto con el currículo del/de la interesado/a, mediante una aplicación informática específica que estará disponible en la página web de la Agencia (www.uniqual.org). La solicitud formalizada puede también entregarse una vez completado el modelo que se incorpora como anexo I de la convocatoria anterior (BOPV de 15 de septiembre de 2008), si bien la tramitación del expediente puede ser más lenta en tales casos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus