BOPV nº 223 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
ORDEN de 6 de noviembre de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2009 las ayudas para la transformación y comercialización de productos derivados de la pesca y la acuicultura contenidas en el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006.
Para el período 2007-2013, el marco comunitario de referencia en materia de ayudas a los productos pesqueros y acuícolas es el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP), que establece como su objetivo principal el desarrollo sostenible de la política pesquera común, el cual puede lograrse a través de una multifinanciación comunitaria centrada en las prioridades pertinentes enumeradas en el Reglamento. Este Reglamento viene a sustituir al Reglamento (CE) 2792/1999, del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, modificado por el Reglamento (CE) 2369/2002, de 20 de diciembre de 2002, por el que se definían las modalidades y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, que queda derogado a partir del 1 de enero de 2007. Asimismo se crea un nuevo Fondo Comunitario llamado Fondo Europeo de Pesca (FEP) por lo que desaparece el Instrumento Financiero de Orientación Pesquera (IFOP). Una de las novedades de este nuevo Reglamento es el establecimiento de Ejes prioritarios de ayuda. Los Reglamentos comunitarios son de aplicación directa y obligatoria en toda la Unión Europea, sin necesidad de transposición en los Estados miembros. Puesto que el Reglamento n.º 1198/2006 deroga el Reglamento n.º 2792/1999 (modificado por el reglamento 2369/2002), las ayudas en este ámbito deberán, a partir del 1 de enero de 2007, regularse bajo el amparo directo y ajustado al mencionado Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo de 27 de julio. El Reglamento (CE) 1198/2006 en su artículo 35 mantiene como beneficiarios de estas ayudas a las microempresas, y a las pequeñas y medianas empresas (tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003). Además incorpora a las empresas que no son PYMEs pero que cuentan con menos de 750 empleados o con un volumen de negocio inferior a 200 millones de euros. Partiendo del citado marco, que deroga la normativa comunitaria anterior sobre la materia, se desarrollan en los Estados miembros, programas específicos para la implementación de las medidas recogidas en la nueva reglamentación comunitaria. En lo que respecta a la Comunidad Autónoma del País Vasco, se ve afectada por el Programa Operativo FEP para el sector pesquero español 2007-2013, aprobado el 13 de diciembre de 2007, por Decisión de la Comisión Europea C(2007) 6615. En lo que respecta al ámbito de la transformación y comercialización, el citado reglamento fija normas claras y precisas para la concesión de ayudas, concentrando la ayuda estructural en la y la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura en las microempresas y en las pequeñas y medianas empresas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.