BOPV nº 222 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 3 de noviembre de 2009, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula la financiación de los gastos destinados para la ejecución de obras en edificios de propiedad municipal en los que funcionan Centros docentes dependientes de la Administración educativa (subvenciones extraordinarias a los Ayuntamientos-2009) (ohiz kanpoko udalaguntza-2009).

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dentro de los principios recogidos en su artículo 1, prevé la cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las Corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa. Asimismo, en el apartado 1 del artículo 8, establece que las Administraciones educativas y las Corporaciones locales coordinarán sus actuaciones, cada una en el ámbito de sus competencias, para lograr una mayor eficacia de los recursos destinados a la educación y contribuir a los fines establecidos en esta Ley. La Ley 1/1993, de 19 de febrero, de Escuela Pública Vasca, en la disposición adicional novena, establece la cooperación de las Corporaciones locales con la Administración educativa en la creación, construcción y mantenimiento de centros públicos docentes, en el marco de lo establecido por la legislación vigente. Esta cooperación ha permitido la optimización de los recursos públicos existentes y la rentabilización al máximo de los esfuerzos y actuaciones realizadas por cada Administración. La Orden de 11 de noviembre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula la financiación de los gastos destinados para la ejecución de obras en edificios de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración educativa (Udalaguntza 2009) excluyo del conjunto de obras susceptibles de ser financiadas las obras de mantenimiento. Es voluntad del Departamento de Educación invertir los recursos necesarios para garantizar un estado óptimo de los edificios educativos. Por su parte la actual coyuntura económica reclama un esfuerzo inversor coordinado por parte de las administraciones públicas destinado a impulsar la economía y fomentar el empleo, siendo las obras de mantenimiento de los centros públicos un instrumento idóneo para alcanzar ambos objetivos mejorando las condiciones de los centros docentes e incrementando la actividad de los gremios relacionados con el sector de la construcción. Por consiguiente, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación estima conveniente incentivar las actuaciones a desarrollar para la ejecución de obras en Centros de propiedad municipal, coadyuvando de esta forma a la mejora de la enseñanza. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de esta Orden es colaborar con los Ayuntamientos en la ejecución de obras de mantenimiento o reparación en edificios de propiedad municipal en los que funcionan Centros docentes dependientes de la Administración educativa. No podrán acogerse a esta Orden las obras que contasen ya con ayuda concedida al amparo de convocatorias anteriores. Las obras financiadas a través de la presente convocatoria deberán haberse iniciado con posterioridad al 8 de septiembre de 2009 y estar finalizadas antes del 7 de enero de 2010. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus