BOPV nº 214 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2009, del Viceconsejero de Política e Industria Alimentaria, por la que se da publicidad al incremento del crédito, para el ejercicio 2009, para la financiación de la convocatoria de ayudas de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en los sectores agrarios, pesquero y alimentario de la CAPV, al amparo del Decreto 230/2004, de 23 de noviembre (programa «Ikerketa»).
Mediante Orden de 6 de febrero de 2009, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, se dio inicio a la presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 230/2004, de 23 de noviembre, de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Ikerketa), para el ejercicio 2009. Para la financiación de esta convocatoria de ayudas, el resuelvo tercero de la citada Orden establecía que los créditos presupuestarios, procedentes del correspondiente crédito presupuestario establecido al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ascienden a ocho millones cuatrocientos mil (8.400.000) euros. No obstante, tanto el citado resuelvo como el propio Decreto en su artículo 22.2 prevén la posibilidad de que mediante modificación presupuestaria se establezca el volumen total de los anticipos reintegrables a conceder dentro de un ejercicio presupuestario, sobreentendiéndose que dicho importe se establecerá en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación (ahora Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca), que resulten de aplicación de otros programas de ayudas de dicho departamento, con carácter previo a la Resolución de las mismas. De este modo, dada la importancia que este régimen de ayudas reviste para el desarrollo y potenciación del sector, y considerando la habilitación proporcionada por el citado resuelvo segundo así como la disponibilidad presupuestaria existente, se hace preciso un crédito adicional por importe de setecientos mil (700.000) euros. El Decreto 230/2004, de 23 de noviembre, establece asimismo en su artículo 22.2 que, en el caso de modificación presupuestaria de los recursos económicos destinados a la concesión de los anticipos reintegrables, se dará publicidad mediante Resolución del Director de Investigación Agropesquera y Alimentaria, en la actualidad Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico. A su vez, el Decreto 290/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, vigente conforme a la Disposición Transitoria Primera del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión, y modificación de los Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, recoge en su Disposición Adicional Primera el régimen de suplencias, estableciendo que en los casos de vacante del titular de la Dirección correspondiente, las funciones y competencias a ella atribuida serán ejercidas por el superior jerárquico inmediato, mientras dure dicha situación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.