BOPV nº 210 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca

ORDEN de 21 de octubre de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se establecen ayudas, acogidas al régimen de minimis, a explotaciones ganaderas de vacuno de leche de la CAPV, para el año 2009.

La situación actual en que se encuentra el sector agrario de la Comunidad Autónoma Vasca es de estancamiento en unos casos y de reducción de actividad en otros. El subsector vacuno de producción láctea ha tenido tradicionalmente una importancia relevante dentro del conjunto del sector tanto en número de explotaciones como en cifras económicas. Desde la Administración se viene realizado un importante esfuerzo para lograr un sector lácteo competitivo y bien estructurado, mediante la puesta en marcha de numerosas iniciativas. Específicamente podemos señalar, los programas de abandono de la producción láctea y las asignaciones de cantidades de referencia de leche, junto con otras mejoras relativas a la calidad de la leche, genética y sanidad de los animales. Se ha conseguido, con ello, que las explotaciones lecheras adquieran una dimensión media acorde con los estándares europeos, si bien por otro lado ha supuesto un descenso considerable en el número de ganaderos. La realidad es que este sector, que ha alcanzado un alto nivel de profesionalización está atravesando una situación muy delicada, como consecuencia de unos niveles de precios muy bajos que no permiten cubrir los costes de producción en numerosos casos. Ante esta situación, el Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales han decidido poner en marcha medidas que eviten la quiebra de las explotaciones con la consiguiente pérdida del tejido social y productivo agrario. La presente Orden tiene por objeto apoyar a las explotaciones de vacuno de leche y conceder parte de las ayudas que se consideran adecuadas para ayudar a superar la actual situación. Estas ayudas se acogen al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (CE) n.º 1535/2007 de la Comisión de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis en el sector de la producción de productos agrícolas (DOUE de 21 de diciembre de 2007) que limita a 7.500 los euros que un beneficiario puede recibir por este tipo de ayudas en un periodo de 3 años. Las Diputaciones Forales, así como las organizaciones profesionales agrarias han sido consultadas en la elaboración de la presente Orden. En base a todo lo expuesto, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto establecer ayudas para apoyar a explotaciones ganaderas de vacuno de leche con la finalidad de paliar las dificultades que dichas explotaciones vienen experimentando como consecuencia de los bajos márgenes de explotación. Estas ayudas estarán acogidas al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (CE) n.º 1535/2007 de la Comisión de 20 de diciembre de 2007 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado CE a las ayudas de mínimis en el sector de la producción de productos agrícolas (DOUE de 21 de diciembre de 2007). Artículo 2 Solicitantes y requisitos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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