BOPV nº 201 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 14 de septiembre de 2009, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, sobre declaración del Casco Histórico de Ondarroa como Área de Rehabilitación Integrada.

El artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Área de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas. En el Boletín Oficial de Bizkaia de 7 de mayo de 2009 se ha publicado el Acuerdo de 31 de marzo de 2009 del Ayuntamiento Pleno, a través del cual se otorga la aprobación definitiva al expediente del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Ondarroa. En el Boletín Oficial del País Vasco de 29 de junio de 2009 se ha publicado el anuncio relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Ondarroa. Así mismo, el Ayuntamiento de Ondarroa se encuentra incorporado a Ondarroa Lantzen, S.A., Sociedad Urbanística para la Rehabilitación de Ondarroa. Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el Casco Histórico, los requisitos exigidos por el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para proceder a la declaración de tal conjunto como Área de Rehabilitación Integrada. Vista la legislación aplicable, DISPONGO : Declarar el Casco Histórico de Ondarroa como Área de Rehabilitación Integrada de acuerdo con la delimitación recogida en el Plan Especial de Rehabilitación del mismo, aprobado mediante Acuerdo de 31 de marzo de 2009 del Ayuntamiento Pleno y que figura como plano anexo a la presente Orden. Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de septiembre de 2009. El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

Publicación oficial en euskadi.eus