BOPV nº 199 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 7 de octubre de 2009, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública para la elaboración de planes de accesibilidad y para la ejecución de obras de mejora y la adquisición de equipamiento para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones, igualmente determina el plazo y lugar de presentación de esta solicitud de subvenciones.

La Ley 20/1997, de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad, establece como instrumento para garantizar y promover la accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificios, transportes y sistemas de información ya existentes de titularidad, uso o servicio público, la necesidad de que los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores, entre otros, procedan a la elaboración de programas cuatrienales que tengan por objeto la adaptación progresiva de los citados elementos a las condiciones de accesibilidad previstas en la ley y en sus normas de desarrollo. La ley mencionada expresa igualmente que el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos impulsarán la adopción de las medidas de fomento necesarias para la promoción de la accesibilidad, indicando como actuación prioritaria en los diferentes programas subvencionables la financiación de la ejecución de obras que tengan por objeto la adaptación a las condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos y los espacios públicos, la edificación, el transporte y los sistemas de comunicación existentes. Por todo ello, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes considera necesario establecer una línea de subvenciones a los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, así como a otros entes como son las entidades privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública, de evidente finalidad social, que contribuya e impulse en una fase inicial la elaboración de los indicados programas. La presente Orden viene a sustituir la Orden de 17 de julio de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, publicada en el BOPV el 10 de septiembre de 2008, que convocaba y regulaba la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, otras Instituciones Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública para la elaboración de planes de accesibilidad y para la ejecución de obras de mejora y la adquisición de equipamiento para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones y que determinaba el plazo y el lugar de presentación de solicitud de subvenciones. RESUELVO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la convocatoria y la regulación del régimen de concesión de subvenciones para el ejercicio 2009 para: 1. la elaboración de planes de accesibilidad que tengan por objeto la adaptación progresiva de los entornos urbanos, espacios públicos, edificios, transportes y sistemas de información ya existentes, a las condiciones de accesibilidad previstas en la Ley 20/1997, de 4 de diciembre, y en sus normas de desarrollo, 2. la ejecución de obras de mejora y 3. la adquisición e instalación de equipamiento para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y las edificaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contenidos en los planes de accesibilidad de los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores. En el caso de Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública 1. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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