BOPV nº 184 · · Educación, Universidades e Investigación

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2009, del Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca el proceso de evaluación, reconocimiento y certificación de la competencia profesional adquirida por la experiencia laboral y/o vías no formales de formación al amparo del Real Decreto 942/2003, de 18 de julio y Decreto 70/2004, de 27 de abril.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 25 de agosto de 2009, desarrolla las previsiones que, respecto a la evaluación, reconocimiento y certificación de la competencia profesional adquirida por la experiencia laboral y/u otras vías no formales e informales de formación, establece la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y determina, para todo el estado español, un Sistema de Evaluación y Reconocimiento de la Competencia. En la Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del Real Decreto 942/2003, de 18 de julio, por el que se determinan las condiciones básicas que deben reunir las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica y del Decreto 70/2004, de 27 de abril, que desarrolla para esta Comunidad Autónoma las previsiones del anterior RD, se ha implantado un Dispositivo de Evaluación y Reconocimiento de la Competencia, liderado por la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de Formación Profesional, que ha venido, desde el año 2004, evaluando, reconociendo y certificando la competencia adquirida por la experiencia laboral y otros aprendizajes no formales a un número importante de personas adultas. Por otro lado, la disposición transitoria primera del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, establece que hasta el 30 de septiembre de 2009, las administraciones competentes podrán realizar convocatorias de procesos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 942/2003, de 18 de julio, por el que se determinan las condiciones básicas que deben reunir las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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