BOPV nº 176 · · Justicia y Administración Pública

ORDEN de 6 de julio de 2009, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se crean ficheros automatizados de datos de carácter personal por el Instituto Vasco de Administración Pública.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 20.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. En el apartado 3 del mismo artículo, se señala que en las disposiciones que se dicten para la supresión de ficheros se establecerá el destino de los mismos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción. Como norma complementaria que no sustitutiva de la citada, es aplicable la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Esta Ley autonómica establece en su artículo 4.1, al igual que lo hace la citada norma básica, la obligatoriedad de creación, modificación y supresión de ficheros por medio de disposición general que deberá publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco. Por otro lado, regula en su artículo 18 el Registro de Protección de Datos en el cual se deben inscribir, entre otros, los ficheros de la Administración General de la Comunidad Autónoma, tal y como se establece en el artículo 2.1 en el que se contempla el ámbito de aplicación de la norma. De este modo, los ficheros creados y modificados por la presente Orden deberán ser inscritos en el Registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que establece la Agencia, de una copia de la disposición de creación y modificación de los ficheros. Mediante la Orden de 2 de marzo de 2004, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, se regularon los ficheros de datos de carácter personal del Instituto Vasco de Administración Pública. Asimismo, mediante la Orden de 15 de enero de 2008, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, se modificó la citada Orden de 2 de marzo de 2004, por la que se regularon los ficheros de datos de carácter personal del Instituto Vasco de Administración Pública. Atendiendo a lo antedicho, y al objeto de actualizar los ficheros de datos de carácter personal del Instituto Vasco de Administración Pública, con el fin de adecuarlos a los contenidos del Acuerdo del Gobierno Vasco, de 16 de julio de 2002, sobre organización de la seguridad de los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la presente Orden modifica la anterior disposición reguladora de ficheros automatizados de datos de carácter personal, para crear el fichero de Registro de entradas y salidas del IVAP, el fichero Dudamuda de consultas lingüísticas y el fichero fomento de investigaciones. En virtud de lo anteriormente expuesto, DISPONGO : Artículo único Creación de ficheros. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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