BOPV nº 171 · · Presidencia del Gobierno
RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2009, por la que se procede a modificar la Resolución de 9 de marzo de 2009, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2009, en lo que se refiere a la composición de la Comisión de Evaluación.
Mediante Resolución de 9 de marzo de 2009, del Secretario General de la Presidencia, se convocaron las subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2009, estableciéndose, en su apartado séptimo, la relación de los miembros que conforman la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 11 del Decreto 50/2008 de 18 de marzo, por el que se regula el régimen de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak. En dicho artículo se establece que esta Comisión estará integrada, entre otras, por la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior, o persona en quien delegue, como Presidente, y por el Director de Relaciones con las Colectividades Vascas, o persona en quien delegue. Mediante Decreto 424/2009, de 30 de junio, y Decreto 446/2009, de 7 de julio, se nombraron Secretario General de Acción Exterior y Director de Relaciones con las Colectividades Vascas, respectivamente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.h), del Decreto 187/2006, de 3 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, RESUELVO : Primero Modificar la Comisión de Evaluación en el siguiente sentido: Donde dice: D. Iñaki Aguirre Arizmendi, Secretario General de Acción Exterior, Presidente de la Comisión. D. Josu Legarreta Bilbao, Director de Relaciones con las Colectividades Vascas, vocal. Debe decir: D. Guillermo Echenique González, Secretario General de Acción Exterior, Presidente de la Comisión. D. Julián Celaya Loyola, Director de Relaciones con las Colectividades Vascas, vocal. Segundo Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 16 de julio de 2009. El Secretario General de la Presidencia, JOSÉ MANUEL SALINERO FEIJOO.