BOPV nº 171 · · Justicia y Administración Pública

DECRETO 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.

En virtud del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y del Decreto 20/2009 de 30 de julio, que intoduce modificaciones en el anterior, se ha procedido a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma para llevar a cabo con la máxima eficacia el conjunto de compromisos programáticos que constituyen el Programa de Gobierno para la presente legislatura. El artículo 9 del citado Decreto 4/2009, de 8 de mayo, así como los artículos cuarto, quinto, decimotercero, decimocuarto y decimoquinto, del Decreto 20/2009 de 30 de julio, contemplan las funciones y áreas de actuación que corresponden al Departamento de Justicia y Administración Pública. De conformidad con lo previsto en su Disposición Final Primera, el presente Decreto establece la estructura orgánica y funcional de dicho Departamento siguiendo los criterios organizativos y previsiones señalados en la misma. Dicha estructura se articula en cuatro Viceconsejerías: Justicia, Administración Pública, Función Pública y Régimen Jurídico, las cuales a su vez se estructuran en Direcciones en función de cada una de las materias específicas. La Viceconsejería de Justicia tiene por objeto fundamental el ejercicio de las competencias departamentales referidas a la atención de las relaciones con el Poder Judicial y demás Instituciones y órganos que actúan en la Administración de Justicia, la provisión de medios para el funcionamiento de la misma, la protección y defensa de los Derechos Humanos, la ejecución de las medidas dispuestas por la Autoridad judicial, las competencias referidas a instituciones y establecimientos penitenciarios y el nombramiento de Notarios y Registradores de la Propiedad. A la Viceconsejería de Administración Pública se encomienda la determinación concreta de la política sobre la racionalización, mejora y modernización de la Administración y los proyectos que tengan por finalidad la relación con la ciudadanía. Se ocupa, asimismo, de la política sobre sedes y edificios administrativos, así como de las tareas de normalización y homologación y de la gestión de los servicios y edificios multidepartamentales, del sistema de archivos y de la actividad editorial. Del mismo modo, los regímenes generales derivados de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de sistemas de información, telefonía, infraestructuras y servicios de redes o telecomunicaciones son dirigidos y supervisados por este órgano. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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