BOPV nº 171 ·
DECRETO 471/2009, de 28 de agosto, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior.
La estructura orgánica del Departamento de Interior vigente hasta ahora venía establecida en el Decreto 364/2005, de 8 de noviembre, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior complementado con la disposición final primera del Decreto 358/1999, de 19 octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior. La aprobación del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación y su posterior modificación por el Decreto 20/2009, de 30 de julio, encomienda a los Consejeros o Consejeras la elaboración de los reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa de Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos. El presente Decreto establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior de acuerdo a los criterios organizativos señalados en la Disposición Final Primera de dicha norma. El Decreto aborda una remodelación de las funciones atribuidas a las diferentes áreas del Departamento de Interior en busca de una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de sus competencias. La idea principal es la de unificar funciones del mismo ámbito que se encontraban dispersas entre los diferentes órganos del Departamento. Así, las funciones de contratación y gestión económica que se encontraban atribuidas a las extintas Direcciones de Servicios y de Recursos Generales se concentran en una única Dirección de Gestión Económica y Contratación. De la misma manera las competencias en el ámbito del personal que presta sus servicios en el ámbito de la seguridad, Ertzaintza y personal laboral de los servicios auxiliares de seguridad, se concentra en la Dirección de Recursos Humanos. Como consecuencia de esta concentración, otras direcciones se reforman y ordenan con el fin de enfocar la misión que tienen encomendada a la hora de prestar apoyo a sus diferentes ámbitos de servicio. Así, la nueva Dirección de Recursos Técnicos e Infraestructuras que nace de la extinta Dirección de Recursos Generales orienta sus servicios a la ejecución de tareas más operativas. Por su parte, la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios se orienta al soporte de la actividad jurídica del resto del Departamento así como a la prestación de los servicios comunes de la Administración General. Para dar coherencia a este nuevo diseño se crea la Viceconsejería de Administración y Servicios que se encargará de la dirección y coordinación de las áreas anteriormente citadas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.