BOPV nº 151 · · Empleo y Asuntos Sociales

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2009, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de Ikastolas de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, para los años 2008-2009 (código de convenio n.º 8602025).

ANTECEDENTES Primero El día 8 de junio de 2009 se ha presentado en esta Dirección, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por los representantes de la Mesa Negociadora. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29-03-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 4/2009, de 9 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, siendo la Dirección de Trabajo y Seguridad Social el órgano competente en virtud de los dispuesto en el artículo 17.f), del Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, de aplicación transitoria en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, en relación con el Decreto 39/1981, de 2 de marzo (BOPV de 02-04-1981) y con el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (BOE de 06-06-1981) sobre registro de convenios colectivos. Segundo El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2009. Lan eta Gizarte Segurantzako zuzendaria, SONIA PÉREZ EZQUERRA. CONVENIO COLECTIVO DE LAS IKASTOLAS DE ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA AÑO 2008-2009 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I ÁMBITOS Artículo 1 Las relaciones laborales en las Ikastolas se regirán por medio de Convenio Colectivo, ya sea el actual o prorrogado u otro revisado. Artículo 2 Ámbito Territorial. El presente Convenio será de aplicación en las Ikastolas radicadas en la circunscripción territorial actual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con un ámbito de actuación limitado a dicha porción del territorio nacional de Euskal Herria. Artículo 3 Ámbito Funcional. Quedan afectados por este Convenio los Centros de enseñanza reconocidos como Ikastolas, cualesquiera que sea el carácter de la entidad titular si bien y en su caso será de aplicabilidad la disposición adicional III o la VII del presente Convenio. Artículo 4 Ámbito Personal. El presente Convenio afectará a todo el personal que preste sus servicios o haya prestado sus servicios por cuenta ajena en una ikastola a partir del 1 de enero de 2008. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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