BOPV nº 150 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2009, por la que se procede a modificar la Resolución de 19 de febrero de 2009, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan Ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, para el ejercicio 2009, en lo que se refiere a la composición de la Comisión de Evaluación.

Mediante Resolución de 19 de febrero de 2009, del Secretario General de la Presidencia, se convocaron Ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, para el ejercicio 2009, estableciéndose, en su apartado tercero, la relación de los miembros que conforman la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 13 del Decreto 51/2008 de 18 de marzo, del Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi. En dicho artículo se establece que esta Comisión estará integrada por parte de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre otras, al menos, por la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior, o persona en quien delegue, como Presidente y por el Director de Asuntos Europeos, o persona en quien delegue. Mediante Decreto 400/2009, de 16 de junio, y Decreto 424/2009, de 30 de junio, se nombraron Directora de Asuntos Europeos y Secretario General de Acción Exterior, respectivamente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, h), del Decreto 187/2006, de 3 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, RESUELVO : Primero Modificar la Comisión de Evaluación en el siguiente sentido: Donde dice: D. Iñaki Aguirre Arizmendi, Secretario General de Acción Exterior, Presidente de la Comisión. D. Mikel Antón, Director de Asuntos Europeos, vocal. Debe decir: D. Guillermo Echenique González, Secretario General de Acción Exterior, Presidente de la Comisión. Dña. Irune Aguirrezabal Quijera, Directora de Asuntos Europeos, vocal. Segundo Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de julio de 2009. El Secretario General de la Presidencia, JOSÉ MANUEL SALINERO FEIJÓO.

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