BOPV nº 148 · · Presidencia del Gobierno

DECRETO 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

El Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, reestructuró los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el fin de facilitar el desarrollo del programa político del Gobierno y de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en su acción. Tras el periodo transcurrido desde su aprobación, resulta pertinente realizar diversas adecuaciones en su contenido dirigidas a conseguir los objetivos de racionalidad y mejora de la eficacia en los ámbitos competenciales y de gestión de esta Administración, de manera que se garantice la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar ninguna interrupción en las mismas y, además, se ordene el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el presente Decreto. Las modificaciones que este Decreto contempla, sistemáticamente expuestas junto a su justificación sucinta, son las siguientes: Se modifica la denominación del Departamento de Industria e Innovación para facilitar su identificación con el conjunto de áreas que le son atribuidas. De esta forma, el Departamento de Industria e Innovación pasa a denominarse Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. El área de actuación «meteorología», antes inserta en el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, pasa a formar parte del ámbito competencial del Departamento de Interior por cuanto que guarda una mayor conexión con el conjunto de funciones y áreas de actuación atribuidas a este último. En aras de la búsqueda de la racionalidad y mejora de la eficacia en los ámbitos competenciales y de gestión atribuidos al Departamento de Economía y Hacienda, se incorporan a su ámbito competencial dos nuevas áreas. De un lado, el área de actuación «política de precios», antes inserta en el Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. De otro, el área de actuación «contratación», antes inserta en el Departamento de Justicia y Administración Pública, recupera su anterior tratamiento unitario con el área «patrimonio». Se crea por tanto en el Departamento de Economía y Hacienda la Dirección de Patrimonio y Contratación, que se integra en la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas. En materia de Administración local se pretende distinguir, con claridad, dos planos de actuación distintos en la acción gubernamental. De una parte, las funciones de tutela y control administrativo que según la normativa vigente corresponden a la Administración general de la CAPV respecto a las Administraciones locales. Esas funciones se seguirán desempeñando desde el Departamento de Justicia y Administración Pública. Por otra parte, se quiere potenciar las relaciones institucionales, no meramente administrativas, entre la Administración General y las Administraciones Locales, por ello esta competencia se ejercitará desde la Presidencia del Gobierno. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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