BOPV nº 133 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2009, de la Directora de Vivienda, Innovación y Control, por la que se concede al laboratorio de ensayos Eptisa Cinsa Ingeniería y Calidad, S.A. la acreditación para el control de calidad de la edificación en el área de «control de la soldadura de perfiles estructurales de acero».
Mediante Decreto 69/2004, de 20 de abril, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 82, de 4 de mayo de 2004, se regula el procedimiento a seguir en la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La entidad Eptisa Cinsa Ingeniería y Calidad, S.A. presentó con fecha 11 de diciembre de 2008, solicitud de acreditación como laboratorio de ensayo para el control de calidad de la edificación en el área Acero para estructuras de edificación (EAS). Una vez comprobada la documentación presentada por la entidad y encontrada la misma conforme, se procedió con fecha 12 de mayo de 2009 a la realización de visita de inspección al laboratorio, verificándose en la misma el cumplimiento de las condiciones de acreditación, tras lo cual se levantó el acta correspondiente. La concesión y renovación de las acreditaciones de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación corresponde a la Dirección de Vivienda, Innovación y Control del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, como organismo acreditador al que se refiere el artículo 4 del Decreto 69/2004, de 20 de abril, sobre acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.p) del Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. En consecuencia con todo lo anteriormente expuesto, RESUELVO : Primero Conceder la acreditación al laboratorio de ensayos Eptisa Cinsa Ingeniería y Calidad, S.A., con domicilio en Avda. Cervantes, n.º 51, de Basauri (Bizkaia), para el control de calidad de la edificación en el área de «control de soldadura de perfiles de acero» con el código 10002EAS09, para los grupos de ensayos básicos B. Dicha acreditación tendrá un periodo de validez de cinco años, y surtirá sus efectos a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial del País Vasco. El mencionado período de validez podrá verse acortado en caso de cancelación de la acreditación, motivada por alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12 del Decreto 69/2004, de 20 de abril. Segundo Acordar, de conformidad con el contenido del artículo 19 del Decreto 69/2004, de 20 de abril, el abono por parte del laboratorio Eptisa Cinsa Ingeniería y Calidad, S.A. del importe correspondiente a la tasa de acreditación que proceda según lo dispuesto a tal efecto en la Ley 3/2006, de 29 de septiembre, de Tasas y Precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.