BOPV nº 130 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 17 de junio de 2009, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las ayudas para la participación de personas trabajadoras en empresas.
El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales ha venido apoyando, la participación de los trabajadores y de las trabajadoras en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco en sentido amplio, considerando las diversas y heterogéneas formas participativas como etapas en una progresión hacia otras más exigentes de participación en la decisión, mediante su presencia significativa en las instituciones empresariales que tienen a su cargo la gestión y administración de la sociedad. La reflexión estratégica en materia de Economía Social para el periodo 2007-2009, ampliamente debatida y consensuada con los agentes institucionales del sector, analiza la experiencia acumulada con los resultados obtenidos, focaliza y dirige la que debe ser la política gubernativa en dicho periodo en los siguientes objetivos estratégicos: Lograr que las empresas perciban los beneficios de la participación de las personas trabajadoras. Fomentar la participación institucional de las personas trabajadoras en las empresas. De esta forma, ratificándose la plena vigencia de las razones institucionales, políticas y económicas de fomentar una cultura empresarial participativa, así como la colaboración Universidad-Consultores especializados-Administración-Empresa, lograda todos estos años, en el presente ejercicio se pretende orientar todo ello en la consecución y aplicación práctica de los objetivos mencionados. Para una mejor clarificación se ha dividido en capítulos diferentes las distintas fórmulas de participación de las personas trabajadoras según que dicha participación se dé o no en empresas de economía social. En las empresas que no son de economía social, se trata de que se asemejen a éstas en cuanto a la participación de las personas trabajadoras en el accionariado y en los consejos de administración. Por otra parte, también, como en años anteriores, se trata de ayudar a la incorporación como socios trabajadores y socias trabajadoras o de trabajo de las personas trabajadoras por cuenta ajena, cuyo contrato inmediatamente anterior a su incorporación sea indefinido de más de un año de antigüedad en la propia empresa (excepto cuando fueran contratos indefinidos de alta dirección). Esto viene motivado por la finalidad de tratar de vencer la reticencia a incorporarse como socio o socia de una persona con contrato de trabajo indefinido amparado por las ventajas que le otorga esta tipología de contrato en el Estatuto de los Trabajadores. También se da continuidad a la acción para las entidades de Economía Social, con el fin de que estas entidades dispongan de herramientas que den respuesta satisfactoria a los problemas de relevo generacional, con el interés último de que la empresa continúe siendo de Economía Social. Para finalizar, para las entidades de economía social de menos de 100 personas trabajadoras, la ayuda para la implantación de una metodología específica para poner en valor la Responsabilidad Social Empresarial (RSE). […] El texto completo sigue en la publicación oficial.