BOPV nº 126 · · Industria e Innovación
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2009, del Director de Desarrollo Industrial, por la que se modifica la autorización concedida por Resolución de 2 de marzo de 2006 a la entidad Track Organismo de Control, S.L., para actuar como Organismo de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Mediante Resolución de 2 de marzo de 2006, del Director de Consumo y Seguridad Industrial, se autorizó a la entidad Track Organismo de Control S.L., para actuar como Organismo de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma, siendo inscrita en el Registro de Organismos de Control Autorizados de Euskadi con el número GV-027-A. Dos. Con fecha 13 de febrero de 2009 la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) hizo público el anexo técnico Rev. 2 de la acreditación n.º OC-I/116 de la entidad Track Organismo de Control S.L. en la que se incluyen las áreas «Aparatos Elevadores: Ascensores» y « Reglamentación Eléctrica: Alta Tensión y Baja Tensión» en el alcance de la acreditación como Organismo de control. Tres. Con fecha 11 de marzo de 2009 D. José Ramón Ruiz Moro, en calidad de representante de Track Organismo de Control, S.L., presentó solicitud para la modificación de la autorización concedida, a fin de que ésta recoja el cambio en el anexo técnico de ENAC que se indica en el párrafo anterior. En la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. La Dirección de Desarrollo Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional 5.ª y la Disposición Transitoria 1.ª del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el cual modifica el Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Dos. La Entidad Track Organismo de Control, S.L., ha acreditado mediante la documentación presentada el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 42 y 43 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial, y demás normas de aplicación, para ser autorizada como Organismo de Control. Vistos los preceptos legales citados y otras disposiciones de general y concordante aplicación: RESUELVO : Modificar la autorización concedida anteriormente a la entidad Track Organismo de Control, S.L. con domicilio social en c/ Gordóniz, 44-9.º Dpto. 7, 48002 Bilbao (Bizkaia), para actuar como Organismo de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, siendo ahora su alcance el especificado en los documentos de acreditación de la ENAC, n.º OC-I/116, y su anexo Técnico Rev. 2 de fecha 13 de febrero de 2009. La presente autorización abarcará los siguientes campos reglamentarios: Aparatos elevadores. Ascensores: inspecciones periódicas. RD 2291/1985 de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.